El Juzgado Central de lo Contencioso Administrativo en sentencia de fecha 19 de mayo de 2016, desestima el recurso interpuesto por la Federación Gallega de Automovilismo contra la resolución del Tribunal Administrativo del Deporte de fecha 19 de junio de 2015, que ratificaba la sanción de 15.000 € impuesta a la Federación Gallega de Automovilismo por el Tribunal Nacional de Apelación y Disciplina como consecuencia de la celebración del “I RALLYE EUROCIDADE TUI – VALENÇA” sin los debidos permisos y autorizaciones.
Por todo ello, se mantiene la sanción de 15.000 € inicialmente impuesta por el Tribunal Nacional de Apelación y Disciplina, y posteriormente ratificada por el Tribunal Administrativo del Deporte, condenando igualmente a la Federación Gallega de Automovilismo al pago de las costas procesales.
Contra la citada sentencia no cabe interponer recurso ordinario alguno.
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Contra la citada sentencia no cabe interponer recurso ordinario alguno.
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